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Semana dedicada al capítulo 6: Cumpliendo la ley

Esta nueva semana temática la dedicamos al capítulo 6  que trata sobre los aspectos legales que debes tener en cuenta en tu tienda online: información sobre impuestos y garantías, protección de datos, identificación del responsable del sitio web, derechos de los consumidores, política de cookies, así como la reciente normativa relacionada con el COVID.

Algunas preguntas que podrás responder después de leer el capítulo:

  • ¿Qué leyes y normativas tengo que cumplir relacionadas con la venta en internet?
  • ¿Cuáles son las principales implicaciones del RGPD (Reglamento General de Protección de Datos) y la LSSICE (Ley de Servicios de la Sociedad de Información y Comercio Electrónico)?
  • ¿Tengo que incluir una política de cookies?
  • ¿Puedo mostrar los precios sin IVA en mi tienda online?
  • ¿Qué tengo que hacer para poder usar los correos electrónicos para enviar publicidad o información comercial?
  • ¿Qué debo tener en cuenta respecto a la fiscalidad de las operaciones? ¿Y si vendo en el extranjero? ¿Conoces las reglas de localización del IVA?
  • ¿Qué repercusiones puede tener incumplir la normativa?

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Nueva norma europea sobre servicios y mercados digitales

Hoy 15 de diciembre se ha publicado la nueva norma europea sobre servicios digitales y mercados digitales, que afecta a redes sociales y marketplaces, entre otros servicios.

Esta nueva norma protegerá mejor los derechos de los consumidores y uno de sus objetivos es garantizar la seguridad del acceso a esos servicios, para aumentar la confianza tanto en consumidores como en las empresas. Otro objetivo de esta norma es el de mejorar la innovación y competitividad entre las empresas.

También facilitará el acceso de las pymes a los clientes en todo el mercado único y reducirá el coste de adaptación para el cumplimiento de la normativa.

Destacamos este párrafo de la información contenida en la nota de prensa:

En virtud de la norma sobre servicios digitales, se aplicarán obligaciones vinculantes a escala de la UE a todos los servicios digitales que conecten a los consumidores con bienes, servicios o contenidos, incluidos nuevos procedimientos para la retirada más rápida de los contenidos ilícitos, así como una protección completa de los derechos fundamentales de los usuarios en línea.

Algunas consecuencias que traerá esta nueva norma serán:

  • Nuevas normas sobre la retirada de bienes, servicios o contenidos ilícitos en línea.
  • Protección para los usuarios cuyos contenidos hayan sido suprimidos erróneamente por las plataformas.
  • Nuevas obligaciones para que las plataformas adopten medidas basadas en los riesgos para evitar el abuso de sus sistemas.
  • Medidas de transparencia de amplio alcance, incluidas las relativas a la publicidad en línea y a los algoritmos utilizados para recomendar contenidos a los usuarios.
  • Nuevas normas sobre trazabilidad de las empresas en los mercados en línea (marketplaces), para ayudar a localizar a los vendedores de bienes o servicios ilegales.

Desde aquí valoramos positivamente todo lo que implique una protección al consumidor (todos lo somos) y creador (quienes lo somos sabemos el trabajo que conlleva pedir explicaciones por la retirada de un contenido, sea un vídeo o todo un blog, así como solicitar retiradas de contenidos asociados a descargas ilícitas de un ebook).

Para los que comercializan sus productos en marketplaces (sea Amazon u otros sectoriales) también es una buena noticia ya que les permitirá reducir el número de competidores/proveedores de dudosa reputación y que acaban perjudicando tanto a empresas como a consumidores.

En cuanto a las plataformas, las que lleguen a más del 10 % de la población de la UE (45 millones de usuarios) se considerarán de carácter sistémico y estarán sujetas no solo a obligaciones específicas de control de sus propios riesgos, sino también a una nueva estructura de supervisión.

Quizás una de las que más efecto inmediato pueden tener sean las relacionadas con la publicidad en línea y los algoritmos utilizados para hacer las recomendaciones, esto es, qué criterios sociodemográficos o relacionados con la navegación y/o datos asociados a ese usuario podrán seguir usándose para planificar campañas y diseñar anuncios en las distintas plataformas de publicidad patrocinada como Google Ads, Facebook Ads, Twitter Ads o Instagram Ads (todas ellas analizadas por cierto en el capítulo 8 del La biblia del e-commerce).

En cuanto a la norma de mercados digitales, sólo afectaría a los grandes players que en la práctica hacen de barrera de entrada a cualquier otro competidor desde una posición privilegiada y abusiva como Google o Facebook (el texto original no los menciona directamente, se refiere a ellos como «motores de búsqueda» y «redes sociales»…).

¿Y qué pasa ahora?

El Parlamento Europeo y los Estados miembros debatirán las propuestas de la Comisión y en caso de aprobarse, el texto final será directamente aplicable en toda la Unión Europea.

Stay tuned! (o como se dice popularmente «estate atento»)

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